La Secretaría de Gobernación, en coordinación con otras dependencias federales, envió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación un escrito de opinión técnica en contra de las excepciones y dispensas para autorizar el matrimonio en menores de edad.
En un caso de Aguascalientes, analizado actualmente por la SCJN (ante la petición de la comisión estatal de Derechos Humanos para la autorización de excepciones), Gobernación advierte a los ministros que indicadores nacionales e internacionales marcan la gravedad de los problemas derivados del matrimonio infantil y adolescente o de las dispensas y excepciones que lo permiten.
En 2015, según datos del INEGI, 24 mil 338 personas menores de 18 años contrajeron matrimonio. De ellas, 4 de cada 5 fueron niñas y adolescentes menores de 15 años que se casaron con hombres mayores de 17 años y 4.4 por ciento con hombres de 30 años o más.
El matrimonio infantil, adujo Gobernación, coloca a las niñas y adolescentes en un riesgo especial de sufrir violencia sexual, física y psicológica a lo largo de sus vidas.
Las niñas y adolescentes, casadas antes de los 18 años, tienen más probabilidad de sufrir violencia familiar y mayor tendencia a describir su primera relación sexual como forzada.
Además, el embarazo precoz y la iniciación sexual forzada pueden afectar la salud mental delas niñas y adolescentes casadas durante años.
En el escrito, las dependencias federales citan una resolución de las Naciones Unidas la cual indica que el matrimonio infantil, precoz y forzado “afecta de manera desproporcionada a las niñas que han recibido escasa o ninguna educación escolar y que es en sí mismo un obstáculo importante para las oportunidades educativas para las niñas y las jóvenes, en particular las niñas que se ven obligadas a abandonar la escuela debido al matrimonio o el parto”.
Dijo que cuando los menores contraen matrimonio gracias a la existencia de dispensas y excepciones en la legislacioìn civil o familiar, federal o estatal, se les expone de forma significativa a la violencia, marginacioìn y desigualdad, con graves consecuencias para su salud psicoloìgica y fiìsica.
Estos riesgos van en contra del principio constitucional del Intereìs Superior de la NinÞez e implica una violacioìn de sus derechos humanos, se indica.
En los próximos días el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nacioìn (SCJN) emitirá su fallo sobre la acción de inconstitucionalidad 22/2016, promovida por la Comisioìn Estatal de Derechos Humanos de Aguascalientes, al artiìculo 145 del Código Civil y otras disposiciones relacionadas que establecen la edad mínima de 18 años para contraer matrimonio, sin permitir excepciones legales para su celebración a personas menores de esa edad.
El escrito de opinión técnica jurídica en calidad de “Amicus Curiae”(un tercero aporta elementos técnicos al juez), fue firmado y enviado por la Secretaria de Gobernacioìn, Olga Sánchez Cordero, ministra en retiro, y es acompañado por la firma de los titulares de distintas dependencias y áreas: subsecretaríaa de Derechos Humanos, Migración y Población; Consejo Nacional de Población; Consejo Nacional para Prevenir la Discriminacioìn, y Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Ninños y Adolescentes. Asimismo, de la Secretaría de Salud, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Instituto Nacional de las Mujeres.
Fuente: La Jornada