¿Qué dicen las letras chiquitas de los contratos del banco?

Un error común al contratar un servicio bancario, ocurre cuando las personas omiten leer las cláusulas, o también llamadas “letras chiquitas” del convenio.

Este tipo de acciones, generalmente produce que los usuarios terminen inconformes, advierte la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

En los contratos bancarios existe una cláusula denominada Cláusula de Compensación, a través de la cual la institución financiera puede recuperar un pago vencido.

Un banco puede sustraer de una cuenta de ahorro o de nómina un determinado porcentaje para cubrir el pago de un crédito vencido con esa misma institución, siempre y cuando se establezca claramente y a conveniencia de las dos partes el monto, fecha y plazo.

Por ello es importante leer detenidamente las cláusulas. Con ello podemos evitar acciones abusivas contra el usuario, luego de las disposiciones de la Condusef emitidas el 30 de octubre de 2014.

La institución ha encontrado este tipo de cláusulas en créditos automotrices, de habilitación o avío, nómina, cuenta corriente, hipotecario, personal, refaccionario, simple, seguro de ahorro para el retiro y tarjeta de crédito.

El organismo exhortó a las víctimas de algún tipo de acción abusiva a denunciar ante la comisión, para lo cual se deben recopilar los contratos de los productos o servicios que se hayan contratado.

En caso de no contar con este documento, éste se puede solicitar a la sucursal de la institución financiera, o consultarlo en el Registro de Contratos de Adhesión (RECA) en la página de la Condusef.

Agregó que con el contrato se podrán verificar las cláusulas contenidas en el Cuadro de Cláusulas Abusivas que corresponda al producto financiero seleccionado, para poder proceder con la queja.

 

Fuente: Dinero en imagen

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