No me quiero ir, señor gobierno: ¿por qué seguiremos viendo al Osito Bimbo en algunos empaques?

En los próximos días, cuando vayas al súper o a la tiendita verás que algunos cereales, pastelitos, galletas y botanas ya no tendrán a sus ‘mascotas’ ni tampoco a celebridades o caricaturas en los empaques.

Pero ojo, esto no significa que las figuras hayan sido prohibidas en su totalidad, pues algunas de ellas pueden seguir apareciendo en otros empaques.

Esta medida llegó a México junto con los octágonos negros que advierten sobre altos contenidos de azúcar, grasas, sodio o calorías y que seguro ya llevas un rato viendo en las tienditas y el súper (si aún tienes dudas sobre ellos, esta nota de puede ayudar).

La parte que incluye a las mascotas de las marcas entrará en vigor a partir del 1 de abril del 2021. Pero vamos paso a paso.

PRIMERO: LA NORMATIVA

Para entender la nueva medida es necesario saber cómo funciona el etiquetado de los alimentos y bebidas, incluido en las modificaciones de 2020 a la Norma Oficial Mexicana NOM-051.

Según esta norma, los alimentos procesados y ultraprocesados deben alertar en su etiqueta si sobrepasan ciertos valores de nutrientes críticos –asociados con enfermedades cuando se consumen en exceso– como azúcares, grasas saturadas, grasas trans y sodio, además de las calorías.

Estas advertencias o sellos deben estar presentes en la superficie frontal, con la que se exhibe el producto, en forma de octágonos negros.

También, los alimentos y bebidas pueden incluir dos leyendas que se deben marcar los alimentos y bebidas: una sobre los edulcorantes y otra sobre la cafeína.

 

Los productos que encontremos en el súper y las tienditas pueden no tener sello, solo tener uno y un máximo de cinco.

¿Y ESO QUÉ TIENE QUE VER CON LAS MASCOTAS?

Bueno, ahora que sabemos lo básico de los sellos, ahora sí: la exclusión de las mascotas, personajes o dibujos (como el Ruffilio de los Ruffles, el Tigre Toño de las Zucaritas o el Osito Bimbo).

Las modificaciones a la NOM-051 buscan informar “de forma clara y veraz” sobre el contenido de nutrimentos críticos e ingredientes que representan riesgos para la salud.

Por ello, establece que las etiquetas no deben incluir a personajes infantiles, animaciones u otros recursos, ya que con estos se estaría incitando a niñas y niños a consumir productos que puedan dañar su salud.

Sin embargo, esta restricción a las caricaturas y personajes sólo aplicará cuando los alimentos y bebidas tengan uno o más de estos sellos de advertencia, o la leyenda de edulcorantes.

“Los productos preenvasados que ostenten uno o más sellos de advertencia o la leyenda de edulcorantes, no deben incluir en la etiqueta personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, tales como juegos visual–espaciales o descargas digitales, que, estando dirigidos a niños, inciten, promueven o fomenten el consumo, compra o elección de productos con exceso de nutrimentos críticos o con edulcorantes”.

“Lo que vamos a ver como restringidos son los personajes, ya sean del producto como es el Osito Bimbo o el Tigre Toño, pero también personajes de películas que luego ponen en los empaques, o futbolistas, celebridades o deportistas”, explica Paulina Magaña, investigadora en Salud Pública de la organización El Poder del Consumidor.

Ojo: la norma dice que tampoco puede haber “elementos ajenos” al producto, como etiquetas o bolsitas promocionales, que pretendan incentivar su consumo.

PERO NO ES SU FIN: ¿DÓNDE SÍ PUEDEN ESTAR PRESENTES?

Como te contamos, la norma es para alimentos y bebidas con uno o más sellos o que tengan la leyenda de edulcorantes, por lo que no está prohibido que productos sin octágonos negros incluyan a personajes en su etiqueta. ¡Ahora entendemos todo!

Además, explica la especialista, la NOM-051 no regula otro tipo de mercancías ni la publicidad de las compañías, por lo que las mascotas pueden seguir usándose en productos como servilletas, automóviles o anuncios de televisión, tal como sucede hasta ahora.

“La norma solo habla de la publicidad en el empaque, no en otros medios. Hay otra regulación en México para la televisión y el cine, pero esos son lineamientos aparte”, comenta Paulina Magaña.

Por ejemplo, recordemos que en 2014 la Secretaría de Salud y la Cofepris prohibieron los anuncios de refrescos, botanas, confitería y chocolates en horarios infantiles.

“Todavía tenemos mucho que hacer para la regulación de la publicidad en otros medios”, dice la especialista.

EL OSITO BIMBO, LAS SERVILLETAS, LOS HOTKIS Y LOS MEMAZOS

Hoy, la conversación en redes sociales se puso buena. Primero circuló una imagen que muestra un paquete de servilletas Pétalo con el Osito Bimbo a un lado de Poppy, la mascota de este producto.

La gente se dio vuelo y señalaron que se trataba de una forma muy ingeniosa de saltarse la norma, aunque como ya te platicamos, en realidad no aplica para estos productos.

Esta imagen pertenece a una campaña lanzada en octubre de 2020 entre ambas empresas, justamente el mes en que se aprobó la norma.

Otra imagen que se viralizó fue la de los Hotkis de Bimbo, esos pastelitos rellenos de cajeta que alguna vez mostraron al Osito Bimbo en el paquete, pero que ahora lo trae impreso ¡en el pan!

ASÍ LOS HOTKIS POR DENTRO.

ASÍ EL EMPAQUE EXTERNO.

LOS USUARIOS DE TWITTER NO DEJARON PASAR EL TEMA Y SACARON UNOS MEMAZOS DE CAMPEONATO:

ANIMAL.MX

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